Evaluación del Cumplimiento para la Implementación de la Ley Karin (Ley 21.643)


La nueva Ley Karin (Ley 21643) en Chile, que entrará en vigor el 1 de agosto de 2024, introduce medidas significativas para prevenir, investigar y sancionar el acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo. Esta ley modifica el Código del Trabajo y otros cuerpos legales, estableciendo protocolos específicos y obligatorios para las empresas. Conoce el nivel de preparación y cumplimiento de tu organización respondiendo las siguientes preguntas.

1. ¿La empresa ha elaborado y puesto a disposición un protocolo de prevención del acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo, así como la actualización en su reglamento interno?
2. ¿El protocolo de prevención incluye la identificación de peligros y la evaluación de riesgos psicosociales con perspectiva de género y fue incluido en la matriz de riesgos correspondiente?
3. ¿Se han establecido medidas específicas para prevenir y controlar los riesgos identificados?
4. ¿La empresa realiza capacitaciones para informar a los trabajadores sobre los riesgos psicosociales, las medidas de prevención y protección correspondientes?
5. ¿Existen mecanismos para la protección de la privacidad y honra de los involucrados en los procedimientos de investigación??
6. ¿La empresa ha designado a un responsable o comité para la implementación del protocolo de prevención en cada una de sus instalaciones?
7. ¿Se dispone de protocolos de control y seguimiento continuo para evaluar la eficacia de las medidas de prevención y su mejoramiento?
8. ¿Se han establecido canales accesibles y seguros para la denuncia de acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo para todas sus instalaciones, oficinas y/o sucursales?
9. ¿La empresa informa semestralmente sobre los canales de denuncia y las instancias estatales disponibles para los trabajadores, así como otras vías legales que pudiesen abordarse?
10. ¿Se implementan medidas inmediatas de resguardo para los involucrados tras una denuncia de acoso o violencia?
11. ¿Se han realizado campañas de sensibilización sobre acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo?
12. ¿La empresa ha adoptado medidas para la reubicación o protección temporal de la víctima durante la investigación?
13. ¿Existen políticas claras y difundidas sobre las sanciones aplicables en caso de acoso laboral, sexual y violencia?
14. ¿Los trabajadores reciben formación sobre sus derechos y responsabilidades en cuanto a la prevención de los diferentes tipos de acoso y sobre la violencia en el trabajo?
15. ¿Se realiza difusión de las gestiones realizadas, del avance y mejoras implementadas para el conocimiento de todos los trabajadores en sus diferentes instalaciones?
16. ¿La empresa ha preparado a sus líderes para identificar tempranamente este tipo de casos y saber cómo abordarlos adecuadamente con perspectiva de género?

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